Para contextualizar esta figura hay que tener clara la definición de subcontratación, y como esta manera de trabajar afecta y/o beneficia el funcionamiento de la empresa.

“Es trabajo en régimen de subcontratación, aquel realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajado para un empleador, denominado CONTRATISTA o SUBCONTRATISTA, cuando este, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada EMPRESA PRINCIPAL, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas” (Código del trabajo, Articulo 183 A)

De la definición anterior podemos determinar que una Empresa Principal que puede ser una persona natural o jurídica, tiene obra o faena para la cual contrata o subcontrata una empresa para que realice un servicio u obra con personal bajo dependencia de la empresa contratista.

Las empresas recurren a la subcontratación según sus necesidades de funcionamiento, en algunos casos para disminuir sus costos de personal, en otros casos es conseguir personal capacitado para una labor especifica. Aunque la subcontratación no significa que la empresa principal no tenga que asumir ciertos riesgos, ya que ante la ley tiene Responsabilidad Subsidiaria (la empresa principal debe responder en caso de no cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de la empresa contratista)

No existen delimitaciones específicas para que una empresa principal quiera externalizar, salvo cargos como gerenciales o directivos. No se recomienda que la empresa externalice sus funciones principales, se aconseja que externalice servicios informáticos, servicios de seguridad, servicios de alimentación, servicios de aseo, entre otros según las necesidades de la empresa principal.

Otras consideraciones al momento de subcontratar:

  • Se debe redactar un contrato previo entre las partes que se rige por el Código Civil, en el cual como mínimo se deben detallar individualización de las partes, el detalle de los servicios contratados.
  • La empresa principal tiene que ejercer su derecho a la información; debe solicitar de manera mensual a la empresa contratista el pago de imposiciones y obligaciones laborales.
  • La empresa principal puede ejercer retención a los contratistas en el caso de que no hayan cumplido con sus trabajadores todos los pagos establecidos por la ley.
  • Los trabajadores de la empresa contratista tienen que recibir instrucciones directas de un supervisor o jefatura de la empresa contratista.
  • Contar con registro y debido respaldo de los accidentes ocurridos en las faenas
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