Este Servicio deberá abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico en los términos requeridos por tratarse una consulta de carácter genérico respecto de la cual no se ha aportado antecedente alguno. Sin perjuicio de formular algunas anotaciones de carácter general. Descargar
N° 617
No resulta procedente acoger la solicitud de reconsideración de lo resuelto en un Ordinario por quien no acredita representación ni autorización de alguna de las partes a quienes se refiere dicho oficio. Descargar
N° 670
Este Servicio debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una materia controvertida que requiere de prueba y su ponderación; correspondiendo su conocimiento y resolución a los Tribunales de Justicia. Descargar
ORD. N°03
Este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento jurídico, toda vez que las circunstancias sobre las cuales recaería dicha opinión en la empresa determinada, se encuentran actualmente sometidas a conocimiento y tramitación ante los Tribunales Tribunales de Justicia. Descargar