Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores, pudiendo constituirse en toda empresa, faena, sucursal o agencia, donde deberán de estar integrados por tres representantes de la empresa y tres representantes de los trabajadores.
Si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas deberá organizarse un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
Ahora bien, todo esto se rige bajo el Decreto Supremo N°54.
¿Qué requisitos se necesita ser miembro de un comité paritario, en calidad de representante de los trabajadores?
- Tener más de 18 años.
- Saber leer y escribir.
- Un año de antigüedad en la empresa.
- Acreditar mediante certificado de haber realizado el curso de orientación en prevención de riesgos, dictado por el Organismo Administrador del Seguro Social de la Ley N° 16.744.
¿Cuáles son las funciones que debe de cumplir el Comité?
- Asesorar e instruir a los trabajadores sobre la correcta utilización de los instrumentos de protección.
- Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de medidas de prevención, higiene y seguridad.
- Investigar las causas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
- Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales.
- Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo, según la cual se esté adherido (Instituto de Seguridad Laboral, ACHS, Mutual, entre otras).
- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena.
- Las decisiones adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley N°16.744 serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.
En caso de dudas, la inspección del trabajo respectivo decidirá, si procede o no que se constituya el Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
- Gestion de personal - 10/02/2023
- ¿Cuándo debe constituir un comité paritario en faena? - 22/02/2022
- ¿Qué es el comité paritario de higiene y seguridad? - 22/02/2022