LEY-20123-REGIMEN-DE-SUBCONTRATACION.pdf (3663 descargas )

Esta ley regula en Chile el trabajo bajo el régimen de subcontratación, las empresas de servicios transitorios y el contrato entre empresas mandantes, subcontratadas y trabajadores, con el objetivo de proteger los derechos de quienes trabajan bajo estas modalidades y de otorgando un marco legal claro para las empresas. La norma establece que hay existencia de subcontratación cuando una empresa principal o mandante, encarga a otra (contratista o subcontratista) la tercerización de obras o servicios con trabajadores que dependen de esta última; en estos casos, la ley consagra la responsabilidad solidaria o subsidiaria de la empresa principal con respecto de las obligaciones laborales y previsionales, de modo que si el contratista no paga sueldos, cotizaciones u otros beneficios, la empresa mandante es la responsable de responder. Junto con esto, se regulan las empresas de servicios transitorios (EST), que se basa en la  contratación de personal manera  temporal para que prestación de servicio a empresas usuarias en ocasiones específicas, incrementos ocasionales de trabajo o necesidades transitorias; para operar requieren autorización de la Dirección del Trabajo, contar con inscripción en un registro público y de igual forma, están sujetas a fiscalización. Además, esta ley obliga a las empresas principales a exigir y verificar la acreditación del correcto cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus contratistas y subcontratistas, fortaleciendo la transparencia y resguardo de los derechos de los trabajadores.