Normativa: Ley
Organismo: Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Industrias a aplicar: Todas
Cantidad de trabajadores: 1000
Última modificación: 17/09/2009
LEY-19.345-aplicacion-ley-16.744-sector-público.pdf (1143 descargas )
Dicha ley amplía la cobertura del seguro social contra los riesgos de accidentes en el trabajo y enfermedades profesionales establecido en la Ley 16.744, ampliando la protección al grupo de trabajadores del sector público, los cuales, no estaban contemplados por este sistema. Su finalidad es garantizar que funcionarios y funcionarias del Estado cuenten con la misma protección laboral que existe en el sector privado frente a accidentes laborales y enfermedades profesionales.
Desde la entrada en vigencia de esta ley, se amplía a trabajadores de la administración civil del Estado, instituciones de educación superior estatales y a las municipalidades, incluyendo al personal que fue traspasado desde otros servicios. Incorporando también a funcionarios del poder judicial, de la contraloría general de la república y del congreso nacional, entre otros organismos públicos.
Con esto, se considera cobertura completa ante accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, garantiza el pago íntegro de remuneraciones durante los períodos de incapacidad temporal y obliga al organismo administrador del seguro a reembolsar al empleador el monto equivalente al subsidio que habría correspondido al trabajador. Junto con esto, se otorga acceso a prestaciones médicas y de rehabilitación, además de resguardar condiciones adecuadas en materia de prevención de riesgos.
En términos generales, esta legislación representa un avance importante al equiparar la protección laboral entre trabajadores públicos y privados, ofreciendo un respaldo institucional sólido y homogéneo para quienes desempeñan funciones dentro del Estado. Con ella, miles de funcionarios cuentan con seguridad y apoyo frente a situaciones que afecten su salud o integridad mientras realizan sus labores.