Normativa: Decreto Supremo
Organismo: Superintendencia de Seguridad Social, Autoridad Sanitaria, Dirección del Trabajo
Industrias a aplicar: Todas
Cantidad de trabajadores: 10000
Última modificación: 27/07/2024
La entrada en vigencia del decreto supremo N°44 derogó los antiguos decretos 40 y 54, lo que significa una importante modernización en cuanto normativa sobre seguridad y salud en el trabajo en Chile. Su objetivo principal es garantizar que los ambientes laborales sean más seguros y saludables, fomentando una cultura activa en prevención, que no se limite al cumplimiento legal mínimo, sino que forme parte de la gestión cotidiana de las empresas. Para esto, exige que las organizaciones, de acuerdo con su tamaño, elaboren una Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER) que incluya el enfoque de género, sobre esta matriz se diseña un programa de trabajo preventivo que debe ser evaluado anualmente. El programa debe incluir medidas dirigidas a trabajadores vulnerables, abordando factores de riesgo como lo son el consumo de alcohol y drogas, teniendo en cuenta, conducción de vehículos, el teletrabajo y las emergencias,junto con promover estilos de vida saludables.
También refuerza la necesidad de capacitar a las personas trabajadoras con programas periódicamente, de al menos ocho horas cada dos años, los cuales deben contar con conocimientos tanto teóricos como prácticos, incorporando la perspectiva de género. De igual forma, delega un papel fundamental a la participación de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y de los propios trabajadores en la toma de decisiones preventivas. Otro aspecto clave es la nueva obligación de mantener los registros completos y actualizados de todos los accidentes, incidentes y enfermedades profesionales, preferentemente en formato electrónico y diferenciados por sexo, los cuales son auditables y permiten mejorar el control y la fiscalización.
En cuanto a responsabilidades, el decreto establece claramente que los empleadores son los responsables de implementar medidas de prevención y de garantizar condiciones seguras, mientras que los trabajadores deben cumplir las normas, participando activamente en capacitaciones y abstenerse de trabajar bajo la influencia de drogas o alcohol, Por el lado de los organismos administradores tienen el deber de entregar asistencia técnica, investigar accidentes graves o fatales junto con apoyar a las empresas en la gestión de riesgos.