Ley 21.275

Si tu empresa cuenta con 100 trabajadores o más, recuerda que entra en vigencia la Ley 21.275 el 1 de noviembre del 2022.

La Ley 21.275 viene a fortalecer la ley 21.015 promulgada en el año 2017, estableciendo medidas para fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad.

Recordemos sobre la Ley 21.015, es conocida como “Ley de Inclusión laboral” y fue creada con el fin de promover la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral. Entre los principales temas que aborda son:

  • Las empresas del ámbito público y privado que tengan 100 o más trabajadores y trabajadoras deberán contratar al menos el 1% de personas con discapacidad.
  • Se prohíbe toda discriminación a personas con discapacidad.
  • Respetar la dignidad de las personas con discapacidad mental eliminado la discriminación salarial.

Cabe señalar que los trabajadores y trabajadores considerados para dar cumplimiento a esta Ley son quienes cuenten con una discapacidad acreditada ante el COMPIN o posean una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional.

¿Cuáles son las nuevas medidas que deben adoptar las empresas el 1 de noviembre?

Toda empresa que cuente con 100 o más trabajadores y trabajadoras, debe cumplir con lo siguiente:

  • Promover una correcta inclusión laboral por medio de políticas en función de normas de igualdad de oportunidades en todas las actividades realizadas dentro y fuera del trabajo. La empresa deberá de manera anual informar a la Dirección del trabajo el cumplimiento de esta medida.
  • Elaborar programas de capacitación anual para todos sus trabajadores y trabajadoras en materia de inclusión laboral y no discriminación, las cuales deben quedar respaldadas por medio de registros con firma de los participantes, fotografías y/o videos, para respaldar que se han realizado las actividades del programa.
  • Contar con al menos un trabajador o trabajadora certificado como Gestor de inclusión laboral, perteneciente al departamento de Recursos Humanos. Cuya capacitación y posterior certificado debe ser emitido por un centro autorizado por ChileValora, del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales.

Es importante señalar que las infracciones de las medidas señaladas anteriormente, pueden llegar a multas de hasta 60 UTM.

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Rita Nataly Irribarra Muñoz

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